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TRIBUNAL SUPREMO: ES INCOMPATIBLE LA TASA DE VADOS CON EL CANON EN LAS CONCESIONES DE APARCAMIENTOS MUNICIPALES

En relación con la tasa de vados, el Tribunal Supremo fija este criterio interpretativo en Sentencia de 30 de marzo de 2023. Ha sido dictada ante recurso de casación planteado por el Ayuntamiento de Madrid, con oposición de la mercantil ACVIL APARCAMIENTOS, S.A., y bajo la dirección letrada del Bufete Mijangos.

Por encargo de dicha sociedad intentamos hacer valer, dada su condición de concesionaria de un aparcamiento público de Madrid, y en otros Ayuntamientos, la incompatibilidad entre canon concesional y tasa por aprovechamiento especial del dominio público local, llegando a solicitar en todos los casos la baja en el padrón de contribuyentes de esta tasa.

Para ello nos basábamos, en doctrina del Tribunal Supremo, fijada en Sentencia de 12 de julio de 2006, así como en Sentencias anteriores y posteriores a esta. El Supremo en 2006 declaró compatible el gravamen de dos tipos de aprovechamientos del dominio público local: el privativo, que supone el uso del suelo o subsuelo de titularidad pública, y que tendría lugar mediante canon concesional, y el especial, conocido como tasa de vados, que implicaría la interrupción de aceras de la vía pública que necesariamente exigen los accesos a cualquier aparcamiento público, y que da lugar a una Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local. Esta posibilidad consta en el Real Decreto Legislativo 2/2002, Texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Sin embargo, llega a una conclusión distinta en el caso de los aparcamientos de titularidad municipal: considera, en el caso de las concesiones de obra que tienen por objeto estas infraestructuras, que nos hallamos ante un supuesto especial. Y así, “el concreto instrumento concesional” que tiene por objeto la construcción y posterior gestión de un aparcamiento, conlleva de forma inseparable dentro de la concesión, el derecho a usar el dominio público para los accesos al mismo, que, por tanto, no puede gravarse separadamente del canon.

Confirma así la tesis reiterada de, entre otros, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El alto Tribunal, en su Fundamento de Derecho Cuarto, acerca del artículo 20.1. de la Ley de Haciendas Locales, establece el siguiente criterio interpretativo:

“CUARTO.- Respuesta a la cuestión interpretativa planteada en el auto de admisión.

La respuesta que se da a dicha cuestión es que en el supuesto concreto contemplado, la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de dominio público local, modalidad paso de vehículos a través de aceras, no resulta compatible con el canon satisfecho en su día por la concesión municipal para la construcción y explotación de un aparcamiento subterráneo mixto, dado que la entrada al aparcamiento subterráneo forma parte integrante de la concesión, ya que sin aquélla no puede existir el aparcamiento, pues el acceso al aparcamiento obliga indefectiblemente a atravesar las aceras.

 

Consecuentemente, se reafirma nuestra jurisprudencia recogida en sentencia de 12 de julio de 2006 (recurso de casación en interés de ley 16/2005), en el sentido de que, si bien la utilización privativa y el aprovechamiento especial del dominio público local pueden constituir el hecho imponible de diferentes tasas, sin embargo una cosa es que pueda distinguirse teóricamente el uso especial y el uso privativo del dominio público municipal, su diferente régimen jurídico y la posibilidad de sujeción a distintas tasas, y otra que no sea posible al otorgar la concesión por la utilización exclusiva que el correspondiente canon concesional”

Este despacho representa a numerosas empresas concesionarias de aparcamientos, cuya pretensión es, precisamente, dejar de ser considerados sujetos pasivos de la Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local. Señalamos aquí algunas noticias anteriores:

Tasa de Vados: Improcedentes en aparcamientos de titularidad municipal

EL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SU ELEVADA TASA DE ENTRADA DE VEHÍCULOS

EL SUPREMO ANULA LA FÓRMULA DE CÁLCULO DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE VADOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

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