Home > Entradas > MEDIACIÓN Y EMPRESAS. VENTAJAS EN UNA SITUACIÓN DE COLAPSO JUDICIAL

MEDIACIÓN Y EMPRESAS. VENTAJAS EN UNA SITUACIÓN DE COLAPSO JUDICIAL

VENTAJAS DE LA MEDIACIÓNVentajas de la mediación. En conflictos entre empresas va a ser una opción muy ventajosa con respecto a la litigación. Entre otros muchos, recogemos aquí un breve análisis de las ventajas de la mediación que realiza el Diario Expansión. La situación en que nos hallamos inmersos es esta: plazos procesales suspendidos desde el día 13 de marzo de este año (en el momento de escribir esto, han transcurrido ya 71 días de parón judicial). Su reanudación tendrá lugar en unos días, al empezar junio. Un paquete de medidas legislativas (RDL 16/2020, del 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia) que tiene como objetivo facilitar la vuelta a la actividad de los juzgados y tribunales tras el confinamiento. Y también manejar un más que previsible incremento de asuntos en los órganos judiciales tras el parón productivo provocado por las medidas excepcionales de contención de la pandemia. Entre sus prioridades no están los procedimientos que afectan a las relaciones entre las empresas, o de estas con sus clientes. Me parecen optimistas quienes consideran que a finales de año todos estos asuntos ya entrados en los Juzgados, y pendientes de tramitación, y más aún los que, sin duda, entrarán en tromba con la reapertura de plazos procesales, volverán a moverse. Lentamente. Como corresponde a la pesada máquina de la Administración de Justicia en España. Carente de medios económicos, de recursos para manejar esta situación. La situación ya era muy complicada antes de la pandemia para quienes necesitan soluciones ágiles. Más lo va a ser ahora.  Al grave retraso, endémico, de nuestros Juzgados y Tribunales, habremos de añadir más atrasos. Y a quienes perjudicará es a los justiciables. En este post, hablamos de las empresas.

Ahora, la buena noticia. Esta situación hace que cobren una importancia esencial los mecanismos que permiten adoptar acuerdos amistosos. Las empresas no van a estar para iniciar acciones judiciales: caras, lentas, y sobre todo, inciertas. Están para sentarse, con ayuda de profesionales, a resolver sus dificultades, sus conflictos con otras empresas, de manera rápida y positiva. Están para tener control directo sobre la solución a sus problemas; no para dejar esta en manos de un tercero. En posts anteriores nos referíamos a la mediación como una herramienta moderna. Positiva. Hoy y aquí me refiero a dos ventajas de la mediación (hay muchas más). Pero estas son críticas en esta situación que vivimos. Primera: de un acuerdo de mediación casi siempre resulta que se mantienen las relaciones entre las empresas enfrentadas por un problema. Que es posible, como sucede en la mayoría de las ocasiones, que estas resulten reforzadas. Segunda: Necesitamos mirar hacia adelante. Y si eso se hace en algún lugar, es dentro de un proceso de mediación. El foco está puesto, con ayuda del mediador, en la solución al problema. Se le darán vueltas; cada parte desde su punto (inicial) de vista. Un mediador experimentado las ayudará, con el manejo de las técnicas necesarias, a encontrar soluciones creativas. Qué mejor que un acuerdo satisfactorio para ambas.

Y no olvidemos otra ventaja de la mediación: algo que la hace todavía más ágil. La posibilidad de que todas o alguna de las reuniones, o sesiones, se lleven a cabo por medios electrónicos, por videoconferencia u otro medio análogo de transmisión de la voz o la imagen, siempre que quede garantizada la identidad de los intervinientes. (art. 24 de la Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles). Es una posibilidad que permite ponerse manos a la obra ya. Como decíamos al principio: La mediación da esperanza

BUFETE MIJANGOS

Diego de León, 22, 5º Izq. 28006 Madrid

914 353 506 / 915 553 988

info@bufete-mijangos.es

Horario


Lunes-Viernes

10:00-14:00

16:00-19:00